NUEVAS MEDIDAS EN VIVIENDA Y ALQUILER. HA ENTRADO EN VIGOR EL REAL DECRETO LEY 7/2019 DE MEDIDAS URGENTES EN MATERIA DE ALQUILER, OS EXPLICAMOS LOS CAMBIOS MAS SIGNIFICATIVOS, PARA QUE TODO EL MUNDO LOS PUEDA ENTENDER….
NO afectará a los contratos de arrendamiento celebrados antes del 6-marzo-2019, que continuarán rigiéndose por lo establecido en el régimen jurídico que les era de aplicación, salvo que las partes acuerden adaptarlos al régimen jurídico del Real Decreto-ley 7/2019
No se aplicara a alquileres de viviendas de + 300 metros cuadrados o cuyo precio de alquiler anual supere 5,5 veces el Salario Mínimo interprofesional (12.600 € año x 5,5)
No es aplicable para viviendas de uso turístico,
Plazo de alquiler obligatorio en el contrato, 5 años, si el propietario es persona física, (particular) y 7 años si es una empresa.
El importe de las fianzas por regla general no podrá ser superior a dos mensualidades de la renta de alquiler.
Pactos sobre actualización de la renta, en caso de pacto de actualización en contrato la actualización no podrá superar la variación del IPC anual, en caso de no pactar actualización en contrato, durante la vigencia del periodo obligatorio de alquiler 5 o 7 años según el caso, no se podrá actualizar el importe del alquiler.